Anexión del Partido de Nicoya, 1824.

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La anexión del partido de Nicoya a Costa Rica, también llamada incorporación del partido de Nicoya a Costa Rica, es un evento histórico que se refiere a la incorporación del territorio del partido de Nicoya al Estado de Costa Rica, ocurrida el 25 de julio de 1824.

Gran parte de lo que fue este constituye la provincia de Guanacaste. La anexión se dio mediante un plebiscito acaecido en la ciudad de Nicoya, en el cual, en cabildo abierto, los pobladores de los municipios de Nicoya y Santa Cruz votaron por incorporarse a Costa Rica, mientras que la villa de Guanacaste, hoy ciudad de Liberia, declinó la anexión, no obstante, el 18 de marzo de 1825, dicha población pasó a formar parte de Costa Rica por una ley emitida por el Congreso de la República Federal de Centroamérica. Cabe señalar que el término anexión de Guanacaste para referirse a este evento se considera históricamente incorrecto.

El proceso de consolidación de dicha unión, sin embargo, se llevó a cabo paulatinamente a lo largo del siguiente decenio. La anexión no fue solo un acto, sino un proceso de experiencias variadas, en el cual los vecinos del antiguo Partido de Nicoya actuaron de diversas maneras a lo largo de unos diez años, justificado en parte porque, tras la independencia centroamericana, no existían todavía en Centroamérica las lealtades nacionales ni se habían consolidado las identidades en los nacientes Estados. Pasaron años para que surgiese el consenso general entre las poblaciones del partido de Nicoya sobre la conveniencia de pertenecer a Costa Rica. No fue sino hasta 1838 que las municipalidades de las tres poblaciones más importantes del partido de Nicoya ratificaron su anexión al país, y hasta 1858 fue que Costa Rica tuvo seguridad jurídica sobre Guanacaste con la firma del tratado Cañas-Jerez.

En la actualidad, la anexión del Partido de Nicoya es una efeméride de Costa Rica, que se celebra con actos cívicos y culturales en las escuelas y comunidades de todo el país todos los 25 de julio.

 Transcripción del Acta:

«En el Pueblo de Nicoya y Julio veinte y cinco de mil ochocientos veinte y cuatro años. Estando esta Corporación Juntos y congregados con el Jefe Político presidente y todos los Ciudadanos de su mando y con anuencia de los señores Ciudadanos Sargento y Cabos y demás soldados militares y Principales y demás común del pueblo: Se les leyó literalmente la convocatoria que se le remitió a esta Municipalidad por el Gobierno de Costa Rica en la que fraternalmente a invicta a estos Pueblos para que espontáneamente deliberen a la Unión y agregación en esta virtud estando esta corporación de común acuerdo; con los habitantes hemos deliberado libremente a la Unión indicada consultando las ventajas que se nos proporcionan en el comercio por el Puerto de Punta de Arena, [testado: con] la pronta administración de Justicia y fomento de los ramos; la seguridad de quietud y régimen político que quedan abiertos bajo, la demarcación de aquel estado como lo indica la Naturaleza y lo reclama la conveniencia Pública, la identidad de intereses y demás relaciones que ligan este partido: bajo esta consideración y de las mejores que redundan a estos Pueblos por las ventajas con que se ha confederado el estado de Costa Rica a los demás de Centro de América según se manifiesta del Decreto que se nos ha acompañado en copia autorizada, y la participación inmediata y reciproca de los de los beneficios y adelantamientos que se palpan en el estado de Costa Rica: esta corporación de unánime consentimiento y en consorcio de sus conciudadanos contemplando en todo lo relacionado tuvo a bien invitar con la misma convocatoria a la Municipalidad de la Población de Santa Cruz de este mismo Partido, quienes siendo del mismo parecer, y habiendo al efecto convocado a la mayor parte de su vecindario contestaron el oficio que se acompaña a esta acta.

Por todo, y reparando las actuales indigencias en que se hayan los Pueblos de este Partido contemplándolos desde esta fecha, (a excepción del Guanacaste) como parte integrante del estado de Costa Rica se ha tenido en consideración que para remediar por un pronto la escasez del numerario para las ocurrencias necesarias y mientras se establecen fondos de que deberá determinarse por los tribunales correspondientes; se pongan en este Pueblo y el de Santa Cruz las tercenas de tabaco, previas las formalidades acostumbradas, y con sus productos, reservarlos para el auxilio en cualquier evento, o perturbación en el orden: deberán ser protegidos los mismos Pueblos de este Partido para la creación de las escuelas, como tan interesantes a la Educación e Ilustra de la Juventud, pues para todo, los tribunales del estado delinearan, establecerán y darán las medidas conducentes para [testado: Dirección] creación de los fondos con que debemos ser protegidos.

En este estado los Jefes Militares referidos hicieron presente a esta Municipalidad que para no ser perturbado en la libre agregación al estado de Costa Rica a que se ha constituido este Partido, se hayan absolutamente en una deplorable situación sin fondos y sin armas para sostenerse, [entrerrenglonando: sin] [testado: en] ser perjudicados pues cabalmente no aparecen más que veinte y seis fusiles inútiles por lo que en este caso será muy necesario que el estado determine y disponga de las fuerzas de auxilio que deberán resguardarnos como parte integrante del mismo, atendiendo a las conjuraciones y disensiones de la Provincia de Nicaragua de donde podremos acaso, ser sorprendidos. A consecuencia de estar por esta acta que hemos celebrado solemnemente y en presencia de todo el pueblo con sus Militares, legítimamente agregados al gobierno de Costa Rica se concluye esta operación, firmando todos los miembros de la corporación con los demás ciudadanos Paisanos y militares que sepan y por los que no a su ruego sacándose una certificación auténtica para remitirla al estado de Costa Rica por conducto del Presidente Secretario todo lo que certificamos. Fecha ut. supra.

Manuel Briceño- Torivio Viales, Regidor-Ubaldo Martínez, Regidor- Manuel García, Regidor.

Lugar donde se firmó el acta
El lugar donde actualmente se ubica la Municipalidad de Nicoya fue el espacio donde se firmó el acta de la anexión del partido de Nicoya a Costa Rica el 25 de julio de 1824 (Fotografía La voz de Guanacaste)

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