







Durante el siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, las mujeres no pudieron ejercer su derecho a votar. Este derecho les fue negado por más de ciento cincuenta años.

Florencio del Castillo, representó a Costa Rica en las Cortes de Cádiz tras ser electo en las primeras elecciones de la historia costarricense.
Las primeras elecciones se hicieron en Costa Rica cuando aún era una provincia de España, al implementarse la Constitución de Cádiz que establecía la elección de representantes políticos por medio de un sistema de consulta de juntas parroquiales, de partido y provinciales. En estas elecciones fue electo diputado de Costa Rica ante las Cortes de Cádiz al presbítero Florencio del Castillo.
A partir de la independencia en 1821 las distintas constituciones establecerían requisitos diferentes para ser ciudadano pleno y emitir el voto.
La esclavitud fue abolida así que las personas negras e indígenas podían votar, pero las mujeres lo harían hasta 1949. El Pacto de Concordia, primera constitución del país, estableció una ciudadanía amplía que aplicaba a casi toda la población. Pero el Primer y Segundo Estatutos Políticos del país incluyeron condiciones laborales para poder votar. Mientras que la Constitución de la República Federal de Centro América establecía para votar como requisito ser mayor de 18 años y casado.
La Ley Fundamental del Estado de Costa Rica de 1825, aún dentro de la Federación, creó un sistema electoral de tres grados, donde el primer grado era universal, pero dejó las decisiones definitivas en las clases propietarias. En 1840 se aplica el voto censitario, es decir, sólo podían votar los costarricenses propietarios o que recibían una renta superior a 200 pesos anuales. En 1848 se añade otro requisito que es saber leer y escribir y la renta mínima se aumenta a 300.
Así, de 1821 a 1840 existen Electores (que no son todos los ciudadanos, sino personas elegidas en votaciones abiertas que eligen al presidente y diputados), divididos en Electores de Parroquia, Electores de Partido y Electores de Provincia. A partir de 1840 se crea el Colegio Electoral y se reduce los Electores a de Barrio y de Departamento.
El voto directo se aplica por primera vez en 1844 de forma breve. Pronto sería restablecido del nuevo el voto indirecto con Colegio Electoral en 1847 con Electores Cantonales electos por cada distrito. La Constitución de 1848 limitaba el derecho a votar a los hombres mayores de 21 años, letrados y poseedores de una propiedad de al menos 300 pesos o una renta anual de al menos 150 pesos. La Constitución de 1859 aumenta la edad para votar a 25 años y reduce el precio de la propiedad a poseer a 200 pesos.
De 1859 a 1871 se crean Electores para las Asambleas Electorales que designan al Presidente, diputados y cargos municipales
Los requisitos para ser elector usualmente eran superiores a los requisitos del ciudadano o votante común o de primer grado. De 1859 a 1871 el requisito para votar era tener 20 años o 18 años si se era casado o profesor, mientras que la edad para ser elector oscilaba de constitución en constitución entre los 21 y los 25 años. Asimismo tenían requisitos laborales y económicos mayores, como tener rentas o propiedades específicas, así por ejemplo los electores barriales debían tener unos 200 pesos en propiedades y 1000 para los electores departamentales. Otros requisitos eran estar alfabetizado, ser residente del área que se iba a representar y estar casado o ser profesional.
A partir de la Constitución de 1871 se establece como únicos requisitos ser mayor de 20 años o 18 si se era profesor y el único requisito económico era poseer un ingreso acorde con su condición social.10 Este requisito era tremendamente ambiguo así que permitía votar a casi toda la población y por lo general la limitación al voto se daba sólo cuando se sospechaba que el votante era opositor. Debe apuntarse que en todos estos períodos históricos el voto era público. Los requisitos para ser elector de segundo grado eran más restrictivos; contar 21 años, letrados y poseer un ingreso anual de 150 pesos o al menos 500 pesos en propiedades. En 1895 se reformaría la Constitución para prohibir el uso de símbolos o llamamientos religiosos en las elecciones, lo que llevó a la extinción del partido Unión Católica.
Las primeras elecciones en que se implementaría el voto universal directo fueron las de 1913 y las primeras en que se implementó el voto secreto fueron las de 1928. La cantidad de votos mínima para ganar en primera ronda era de 50% y, de no obtenerse el mínimo, correspondía al Congreso hacer la elección de entre los candidatos.
En 1925 bajo la presidencia de Ricardo Jiménez Oreamuno se crea el Consejo Nacional de Electores cuya labor era supervisar el proceso electoral y que dependía del Poder Ejecutivo y se extienden por el Registro Cívico las primeras “cédulas electorales”. Aun así, la dependencia del Jurado Electoral al Poder Ejecutivo se prestaba para manipulaciones políticas. Por ejemplo, durante el período del furibundo anticomunista León Cortés éste presionó al Jurado para que anulara mesas que habían sido ganadas por el Partido Comunista. Las tensiones entre gobierno y oposición por la pureza del sufragio y las acusaciones de fraude electoral no fueron paleadas por la promulgación del primer Código Electoral en 1946 bajo la presidencia de Teodoro Picado. También se crea en ese año el Tribunal Nacional Electoral que, sin embargo, no era independiente y el Congreso tenía la última palabra en la declaratoria definitiva de los ganadores.
La anulación que hizo el Congreso de los resultados de 1948 detonó la revolución del 48 liderada por José Figueres Ferrer usando la defensa del sufragio como uno de sus justificantes. Tras la guerra la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 promulga una nueva constitución aun vigente, que crea el Tribunal Supremo de Elecciones como poder independiente y otorga el sufragio femenino.
El 30 de julio de 1950 votan por primera vez en la historia las mujeres costarricenses; 348 mujeres de La Fortuna votaron en un plebiscito local.Pero la primera elección en que la totalidad de las mujeres pudieron votar y ser electas en Costa Rica fue para las elecciones presidenciales de 1953. A partir de 1955 y gracias a la Ley Curling se establece por primera ocasión en Costa Rica el derecho de los extranjeros a votar en el país, previa naturalización, lo que además permitió a un importante número de minorías étnicas como chinos y negros, votar por primera vez. En 1971 se reduce la edad para votar de 21 a 18 años. En 1998 se realiza una reforma, esta vez al Código Municipal, que crea los cargos de alcalde y vicealcaldes y los hace de elección popular, al igual que vuelve de elección popular a los síndicos y concejales de distrito (previamente solo los regidores eran de elección popular y éstos designaban al alcalde y los síndicos).
En 1996 una reforma al Código Electoral obliga a los partidos a tener al menos 40% de los puestos de la estructura partidaria y candidaturas en mujeres. Si bien algunos partidos como Acción Ciudadana implementaban por estatuto el 50%.
En 2009 se realizan varias reformas importantes al Código Electoral y Municipal Se unifican las elecciones municipales a medio período, pues previamente los regidores se elegían al mismo tiempo que diputados y presidente y los demás cargos municipales un año después, se eleva el porcentaje de representación femenina obligatoria de 40% como mínimo a 50% y se instaura el voto en el extranjero.
El voto costarricense es universal, lo que quiere decir que todo ciudadano costarricense mayor de 18 años o naturalizado (12 meses después de haber obtenido la carta respectiva) puede votar con el único requisito de presentar su cédula de identidad ante la Junta Receptora. La única situación en donde a un costarricense se le impediría ejercer el voto es si adquiere la mayoría de edad o la nacionalidad una vez que el padrón electoral está definido y no puede ser variado, lo cual sucede doce meses antes de las elecciones. Existe, sin embargo, la posibilidad de perder el derecho a votar por delitos muy específicos como traición a la patria, pero ya que nadie ha sido condenado por traición desde que existe la Constitución de 1949 nunca se ha aplicado y no existen registros de que alguien alguna vez haya perdido el derecho a votar por alguno de los pocos casos donde está estipulado así. La legislación si establece que es prohibido ingresar a la junta de votación bajo los efectos del alcohol o las drogas o armado.

El voto es además secreto. Está prohibido, por ejemplo, llevar teléfonos celulares, cámaras u objetos de grabación o fotografía a la urna de votación para así impedir el que se grabe la forma en que se vota. Si un voto se hace público se anula. Existe, no obstante, excepciones a esta norma particularmente cuando se trata de personas con discapacidad que son incapaces de ejercer el voto por razones físicas. Acá se da la posibilidad de que sea semipúblico o asistido; la persona puede ingresar acompañada a la urna, o bien totalmente público en cuyo caso indica a la mesa receptora por quien desea votar.
El voto es directo, es decir, todos los votos sufragados se cuentan para la elección directa de las autoridades políticas, sin mediación de votaciones de segundo grado o similares.
El voto en Costa Rica también es obligatorio, como lo establece el artículo 93 de la Constitución:
ARTÍCULO 93.- El sufragio es función cívica primordial y obligatoria y se ejerce ante las Juntas Electorales en votación directa y secreta, por los ciudadanos inscritos en el Registro Civil.
No obstante en la práctica no se sanciona su no emisión y de hecho el abstencionismo es relativamente alto, normalmente oscilando en el 30%.
El empadronamiento es automático, es decir, basta con ser ciudadano costarricense para quedar empadronado por defecto. En cuanto una persona recibe su cédula de identidad sea por alcanzar la mayoría de edad o un año después de la naturalización, el Registro Civil que depende del TSE inscribe a la persona en el padrón.
Aunque el empadronamiento es automático, a la persona se le designará su centro de votación según la dirección de residencia que dé a la hora de obtener la cédula. Por tanto, si cambia de residencia, sale del país o es condenada a prisión, deberá cambiar su domicilio electoral para poder votar.
Referencias:
Las siguientes son una recolección de fotografías de las Iglesias Católicas de la Provincia de San José. Aún estamos trabajando en esta recolección.

Corrían los primeros años del siglo XX. La reconocida dama Amparo Zeledón y sus familiares acababan de desayunar con suculento gallo pinto. Estaba ella en su residencia, allá en el este de la capital.
Mientras, en el oeste de San José, en moderna mansión, un distinguido caballero, don Francisco “Chico” Montealegre, acababa de encresparse su bigote, dispuesto a enfrentar una nueva aventura automovilística.
Dama y caballero eran de familias de mucho linaje. Ella, de la casa de los Zeledón, de la misma familia de don José María Zeledón, nada menos que el autor de la letra de nuestro Himno Nacional.
Don “Chico”, por su parte, era del abolengo de los Montealegre, el rico clan cafetalero de José María Montealegre Fernández, Presidente de la República en el siglo 19 (1860-1863).
Eran los únicos que tenían carro.
Corrían también los tiempos en que en San José no se conocían señales de tránsito. Nadie sabía de vías demarcadas, ni de “Altos”, ni de “Ceda”. Menos de semáforos, de “agujas” para pasos de tren. Tampoco, existían licencias de conducir, ni inspectores de tránsito (Conste que no digo que ahora hayan suficientes). En 1900 había llegado el primer carro a Costa Rica.
Los peatones andaban tranquilamente por media calle y aceras. Confiados en que jamás un carro podría atropellarlos.
Solamente, allá, de vez en cuando se escuchaba el rugir de un motor de auto, corriendo por las calles josefinas, lo cual causaba gran alboroto entre los ciudadanos, quienes se persignaban al ver pasar aquella “máquina de muerte”, como la llamaban popularmente.
Precavido, como siempre y para que le dejaran las calles despejadas, aquella mañana don Chico llamó por teléfono a doña Amparo para avisarle que saldría con su carro a dar una vuelta por San José.
– Buenos días, doña Amparito. La llamo para decirle que hoy estaré recorriendo las calles con mi carro. Le aviso para que no saquen el de ustedes.
– Muchas gracias, don Chico, por prevenirnos. De por sí hoy no teníamos planeado sacarlo. Qué Dios me lo proteja y lo lleve con bien. Vaya usted con Dios y muchas gracias, respondió doña Amparo.
De poco sirvió aquella advertencia. Un rato después se presentó una emergencia en casa de los Zeledón y se vieron en necesidad de sacar el “chunche”. Y, lo peor, ya no había forma para avisar a don Chico…
Y sucedió lo que tenía que suceder. Minutos después, en las inmediaciones del Parque Central, cuando uno de los carros circulaba de este a oeste y el otro de sur a norte, colisionaron en una esquina, estrepitosamente. Solo hubo daños materiales.
Referencia:
Cuántos de niños no fuimos perseguidos por uno de estos personajes típicos enmascarados, el diablo, la calavera, la giganta….y quizás hasta nos dieron con el famoso chilillo que llevaban. Parece que fue ayer donde por la ventana de mi casa yo veía cómo perseguían a mis hermanos mayores y mi corazón palpitaba con emoción y susto. Gratos y emocionantes recuerdos. Es por eso que aquí les dejo la historia de las famosas mascaradas de la Costa Rica de antaño.
La mascarada popular de tradición colonial tuvo un resurgimiento en el país, en La Puebla de los Pardos de Cartago, en la misma época en la que se construyó el Teatro Nacional de Costa Rica y en la que se fundó la Escuela Nacional de Bellas Artes, a finales del siglo XIX. El contraste de esta manifestación cultural festiva, carnavalesca y satírica callejera con la opulencia del nuevo teatro josefino, símbolo de modernidad, progreso y europeización, es una de las numerosas muestras de la rica diversidad y complejidad de la historia de la cultura y del arte costarricense.
Las primeras mascaradas latinoamericanas coloniales fueron traídas de España, donde se conocen como “Gigantes y cabezudos”, que tienen su origen en la vida popular de la Europa medieval.
Al llegar a América, la tradición fue ramificándose, poco a poco, en distintas variantes regionales, gracias al sincretismo o mestizaje cultural, ya que el uso de máscaras en festejos y rituales también fue un rasgo propio de muchas culturas prehispánicas.
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En el proceso de modernización, tanto de carácter infraestructural como cultural que experimentó la ciudad de Cartago a mediados del siglo XIX y los albores del siglo XX, la ropa se convirtió en un símbolo de distinción y de estatus. Para las élites, no sólo importaba decorar con lujo el hogar o comportarse de una manera determinada, sino también vestirse apropiadamente para cada ocasión.
La manera de exhibir los diseños de moda, ajuares, pañolones o chales bordados, de parte de la elite cartaginesa, era asistiendo a eventos o actividades de tipo religioso (Semana Santa, Año Nuevo, Pascua de Reyes o fiestas patronales), rezos, bautizos, casamientos, bailes (de familia o en los salones del Palacio Municipal), picnics (en la hacienda El Molino), conciertos y veladas artísticas o posando ante la lente del fotógrafo. Las fotografías de los miembros de la élite, por ejemplo las de la familia Pirie, resaltan visualmente la idea de poderío económico y social, evidente, entre otros aspectos, por la ropa que usaban.

Crónicas literarias y relatos de viajeros hicieron mucho énfasis en la calidad de los trajes que las damas y los caballeros lucían para dichos eventos sociales. Seguir leyendo Moda y Sociedad en Cartago en los siglos XIX e inicios del XX.
Autor: José María Barrantes. Año 1945

Referencias:

La estructura de este edificio es de mampostería. Está revestida con mortero en el zócalo y las superficies superiores y con madera en la estructura interna y los acabados. El techo y su cubierta, de pronunciada gradiente, acentúan la esbeltez del volumen. Dos pabellones frontales detallan sus hastiales con óculos o linternillas y un ligero portal anuncia la centralización y la simetría de la composición.
Este edificio ha sido restaurado totalmente por la Municipalidad de Moravia en el año 2023 y convertido en la «Casa de Desarrollo Humano» donde la comunidad moraviana disfrutará de exposiciones y otras actividades artísticas y culturales José (Aporte de Ruperto Arce Delgado).
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Estaré compartiendo con ustedes estas bellas Concherías de nuestra tierra, la Costa Rica de Antaño. Espero que les guste.
Trata del velorio de un niño pequeño, comparado con un ángel. Todos los invitados celebran, bailan, comen y beben por montones; celebrando a la propia vida.
Apenas el rezador
pone fin a lo que reza,
cuando sale a relucir
la hidrópica botijuela. Seguir leyendo La vela de un angelito.
Autor de la obra: Teodorico Quirós. 1930-1935

Actualmente el Cantón de Coronado tiene una magnífica Iglesia, una obra de arte de estilo neogótico, que es realmente un monumento histórico arquitectónico de las generaciones pasadas.

Antes de que se construyera este imponente templo existía una pequeña iglesia en el mismo sitio donde se edificó la actual, ya que se consideraba como un lugar apropiado por ser una llanura y por tener una hermosa vista al valle de San José.

El padre Rubén Fernández llamó al Arq. Teodorico Quirós Alvarado y le encargó la confección de los planos de la nueva iglesia por los que cobró 4 mil colones, pero se le pagaron 3 mil 600 por un atraso que hubo.
Seguir leyendo Templo Católico San Isidro Labrador. San Isidro, Vázquez de Coronado, San José, 1901-1950.

En l870, se inició la construcción del templo católico. Fue don Ezequiel de Jesús Morales quien sintió la necesidad del pueblo de Santa Ana de levantar un templo y cimentar el pensamiento religioso como rector moral. Pasando a la acción don Matías Robles regala la tierra. Don Ramón Pérez diseño y dirigió la construcción que a partir del 19 de marzo de 1870 creció hasta terminarse el 1880. En 1884 llegan las primeras imágenes, y por encargo de don Ezequiel de Jesús Morales.
Seguir leyendo Templo Católico Santa Ana, San José, 1851-1900.
En 1938, durante la administración de León Cortés, fue construida la actual capitanía; donde se administraba la importación y exportación. Con un estilo colonial, se encuentra junto a la entrada del muelle. Tanto en el pasado, como en el presente, este sitio alberga empleados gubernamentales de diferentes instituciones como del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y en la actualidad a funcionarios del área de turismo y seguridad pública. Seguir leyendo Antigua Capitanía de Puntarenas, 1901-1950.


