Escudo del Cantón de AserríLocalización del Cantón de Aserrí en la Provincia de San José
Generalidades:
Aserrí es el cantón número 6 de la Provincia de San José, Costa Rica, ubicado al sur de la ciudad de San José, en la zona limítrofe con la Provincia de Cartago. Está localizado cerca de las estribaciones occidentales de la Cordillera de Talamanca, constituidas por los Cerros de Bustamante, que dividen el Valle Central, de origen volcánico, del Valle de Los Santos, de origen tectónico, las cuencas de los ríos Grande de Tárcoles y Parrita respectivamente, que desembocan en el Océano Pacífico. Posee una superficie de 167.1 km², y se encuentra dividido en 7 distritos. Limita con Desamparados, Acosta, Alajuelita, Parrita, León Cortés Castro y Tarrazú. Fue fundado el 27 de noviembre de 1882. Su ciudad cabecera es Aserrí.
En honor al famoso costarricense Miguel Salguero autor, director de cine, periodista, fotógrafo, actor y un enamorado del país quien falleció este miércoles a sus 84 años ( 24 de marzo del 2018) deseo compartir su biografía.
Miguel Zúñiga Díaz, conocido como “Miguel Salguero”, nació en Guaitil de Acosta, el 1 de Julio de 1933. Su mayor pasión siempre ha sido el periodismo, pero la gente lo ha considerado como escritor, político y cineasta, cosa que también desempeñó en años pasados. Colaboró con algunos periódicos de circulación nacional como La República, La Prensa Libre y La Nación. Seguir leyendo Miguel Salguero…→
Antigua Casa de Corrección, hoy Liceo de Costa Rica
El Liceo de Costa Rica es una institución pública de enseñanza secundaria, fundado por vía de decreto el día 6 de febrero de 1887, en el periodo de presidencia del licenciado don Bernardo Soto Alfaro, como iniciativa del licenciado don Mauro Fernández Acuña, el cual estaba a cargo de la Secretaría de Instrucción Pública durante esa misma administración.
En el año 1860, durante la administración de gobierno de José María Montealegre (1859-1863), se creó la Dirección General de Obras Públicas, con el objetivo de construir caminos y edificaciones, entre otros. En 1881, pasó a formar parte de la Secretaría de Fomento, la cual mantuvo su nombre hasta 1948, que evolucionó a Ministerio de Obras Públicas y Transportes. El sitio en donde se construyeron los planteles del ministerio, inicialmente formaban parte del Barrio Colección, denominado así por ubicarse cerca del crematorio de la ciudad. Los inmuebles ocupan dos manzanas de terreno y se levantaron entre 1932 y 1940.
Es un edificio sencillo, de concreto armado, construido en dos plantas, cuyos corredores internos se desarrollan en torno al espacio de circulación vehicular. Aunque externamente el volumen es cuadrado y abarca toda la extensión de la manzana, en su interior conforma dos naves rectangulares cuyos extremos redondos optimizan al área de maniobra de los vehículos que circulan dentro. El edificio siempre ha cumplido una misma función, alternando oficinas con talleres de mantenimiento, y en el transcurso de los años ha recibido algunas modificaciones internas. Sin embargo, el exterior conserva su estado original y es un edificio emblemático del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Los planos de los edificios se le atribuyen al arquitecto de origen catalán Luis Llach Llagostera.
Ubicado en Paseo de los Estudiantes, Avenida 18, Calle 9. Década de 1920
Referencias:
Guía de Arquitectura y Paisaje C.R.
Distrito Catedral Ciudad de San José
Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural Ministerio de Cultura y Juventud. Carlos Ml. Zamora Hernández
Ubicado en Calles 17 y 19, Avenidas 7 y 9, Barrio Aranjuez (Fotografía CRHoy)
La administración de don León Cortés encargó al arquitecto José María Barrantes y Alfredo Arguedas un edificio que se denominó originalmente Casa de la Madre y el Niño, a modo de centro de atención maternal y pediátrica. Con la creación de la Caja Costarricense de Seguro Social en la administración siguiente, ese edificio pasó a ser el primer hospital de dicha entidad pública.
Casa antigua victoriana nombrada Patrimonio Arquitectónico
El inmueble que ocupa actualmente el Bar Key Largo, en la ciudad de San José fue construido por Cecilio Vernor Lindo, rico empresario de origen inglés-jamaiquino. Construyó tanto esta casa como la llamada Casa de las Acacias.
HISTORIA CASA VERNOR LINDO «KEY LARGO»
El inmueble que ocupa Key Largo fue construido a finales del siglo pasado por el señor Victor Manuel Herrán Bonilla, agricultor francés vecino de San José.
Poco tiempo después la propiedad fue vendida al señor Oscar Rohrmoser otro acaudalado agricultor josefino. El tercer dueño fue otro comerciante de nacionalidad alemana, Arnoldo Andre Wessel quien en 1907 le vendió le inmueble a Cecilio Vernor Lindo Morales un agricultor inglés procedente de Jamaica y que había sido traído a nuestro país por Mr. Minor Keith para dedicarse a la actividad bananera. Se estableció en la región atlántica y tuvo mucho éxito tanto en la empresa agrícola como la comercial.
Durante más de treinta años la familia Lindo fue propietaria de la casona de ladrillo con bahareque fránces y madera en las divisiones internas. Esta edificación con reminiscencias en su arquitectura del estilo victoriano fue adquirida en 1941 por la Sociedad Max Gurdián e Hijos Limitada.
Posteriormente la propiedad fue alquilada al Conservatorio de Música de la Universidad de Costa Rica que permaneció en esas instalaciones hasta mediados de la década de los 70´s cuando se produce el traslado del Conservatorio a la sede central en Montes de Oca. Fue en este momento cuando Don Max Gurdián alquiló el inmueble a don Roger Douglas Montgomery, quien instaló el Bar Key Largo; que todavía se mantiene allí.
Una vez instalado el Bar se inicia un proceso de transformaciones internas y externas en el inmueble. Esas modificaciones cambiaron de manera sustancial al edificio.
Esta edificación de estilo victoriano construida a fines del siglo XIX, utilizándose el ladrillo para su fachada, y el bahareque francés y madera para su interior, técnica tradicional en desuso. Además de su gran valor arquitectónico posee valor urbanístico de conjunto, pues se encuentra en la zona del Parque Morazán en cuyo entorno se localizan otras edificaciones de carácter patrimonial. También es representativa de la arquitectura residencial para uso de la clase dominante de la época.
La Antigua Aduana de Puntarenas, hoy el edificio de la Universidad Técnica Nacional (UTN) fue declarado Patrimonio Histórico-Arquitectónico y Cultural de Costa Rica, tras el Decreto 38570-C del diario oficial la Gaceta 184. Esta declaración la hicieron el presidente de la República, Luis Guillermo Solís, y la ministra de Cultura y Juventud, Elizabeth Fonseca.
La decisión para que fuera Patrimonio Histórico-Arquitectónico y Cultural se basó en tres elementos.
En primera instancia resalta la fecha en que se construyó el inmueble: se dio en la Administración del expresidente de la República León Cortés Castro, comprendida en el periodo de 1936 a 1940.
En segundo lugar está el diseño, pues fue hecho por el ingeniero Hernán Gutiérrez Braun, como nave industrial.
Por último, el tamaño de la obra arquitectónica que posee fue muy importante. De hecho, los ojos los turistas quedan impresionados por la magnitud espacial que posee.
El estudio técnico para la declaratoria del inmueble fue realizado en el año 2013, por el historiador Carlos Luis Fallas Pastor y la arquitecta Verónica Solórzano Rojas, funcionarios del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural. Además, fue aprobado por la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica.
Con la declaratoria del presidente Solís, la Universidad Técnica Nacional asume como responsabilidades conservar, preservar y mantener el edificio. Asimismo, debe permitir los estudios que se deban realizar con la previa solicitud de autorización del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural.
Una circunstancia que estremeció las simientes del inmueble fue cuando en el año 2012 se dio el sismo de 7,6 grados, cuyo epicentro fue en la península de Nicoya, pues sufrió algunos daños. Sin embargo, esto no fue impedimento para que declararlo patrimonio histórico-arquitectónico cultural, ya que tras haber resistido el sismo, la empresa Constructora Incopoás, contratada para la valoración, consideró que el inmueble mostraba un alto índice de calidad.
Frente a ella se detenían los trenes para cargar los diferentes productos que llegaban en los barcos y luego eran trasladados al Valle Central.
Referencia:
La Prensa Libre, Michael Castillo, Noviembre, 2014
EN una de las administraciones de don Ricardo Jiménez Oreamuno, el Profesor Mario Sancho Jiménez fué nombrado Cónsul General de Costa Rica en México. Estando en el empeño de sus funciones, fue invitado a una reunión del cuerpo consular en la que se iban a trazar los planes para una mejor y eficaz comprensión entre los países latinoamericanos. Aquí fué donde Mario Sancho se pronunció uno de los mejores discursos de su vida, el cual fué calurosamente aplaudido y comentado por la concurrencia.
Uno de los señores cónsules, impresionado y sorprendido a la vez de la vasta cultura del señor Sancho, le expresó:
—»Dígame, colega: “¿es usted diplomático de carrera?”. La respuesta de Mario no se hizo esperar:
—»No amigo, en Costa Rica NI SIQUIERA LOS CABALLOS SON DE CARRERA”.
Referencias:
Tomado del Anecdotario Nacional de Carlos Fernández Mora. Dibujante: Noé Solano V.
Murcia, TurrialbaCapilla Hogar de Ancianos, el Carmen, La UniónTemplo de Tres Ríos.San Pablo de Oreamuno.Parroquia San Diego, Tres RíosBasílica Nuestra Señora de los Ángeles.Capilla San Agustín.Nuestra Señora del Carmen, Juan Viñas.Santo Cristo, el Tejar.Templo Paraíso Templo Sánchez de Orosí. Nuestra Señora del Rosario, El Llano.Potrero CerradoSan Buenaventura, Turrialba.P. San Rafael Arcángel, Oreamuno.Templo Antiguo, Llano Grande.Templo Católico La Pastora, Santa Cruz, Turrialba.Agua CalienteTemplo Católico San José , Orosi, Paraiso.Iglesia Santa Teresa. Capellades, AlvaradoCatedral Nuestra Señora del Carmen.Dulce Nombre, Tres Ríos.Templo la Estrella del Guarco.Dulce Nombre, Tres Ríos.Templo Católico Concepción del Rescate de Ujarrás.San Gerardo de OreamunoDulce NombreCot, OreamunoPacayasFrailes Capuchinos, San Francisco de Asís.CervantesUrasca, Cachi Hacienda Tayutic, en Sitio de Mata de Pavones de Turrialba.Templo Metálico Loma Larga, CarrilloSan Antonio de Corralillo.Parroquia Dulce Nombre de Jesús, Tierra Blanca.Templo de CorralilloParroquia del Carmen, Tierra Blanca.Patio de Agua del Guarco.Bermejo de Quebradilla.Coris de Quebradilla.San Isidro del GuarcoPadres Benedictinos, Paraíso. Templo de Navarro, Lourdes de Agua Caliente.Iglesia del Cañón del Guarco. (OGM Foto)Templo de Aquiares.Antigua Capilla San Diego, Tres Ríos.La Cangreja del Guarco.Iglesia María Auxiliadora, Cartago.
Quiero compartir con todos ustedes una bellísima historia que todos deberíamos conocer y es la historia de la familia Zumbado de Aranjuez, San José. Narrada por el señor Luis Gerardo Zumbado:
«Un trocito de nuestra historia al recordar el reciente cumpleaños de mi hermana Aida Zumbado.
Le pregunté a mi hermana ¿Te acordaste el pasado 8 de febrero del lugar donde naciste hace 76 años? ¿Te acordaste de la vieja casa donde naciste? ¿Donde por primera viste la luz? Bueno querida hermana, es la misma casa donde nacimos, la de nuestros padres.
Pero para nuestros descendientes y amigos que nos siguen y no lo saben, les hago un breve resumen que no es cuento ni leyenda, es historia real.»
Primera Planta Hidroeléctrica del país. Fundada por Luis Batres Garcia y Manuel Víctor Dengo Bertora. La misma se ubicó en Barrio Aranjuez. El 9 de agosto de 1884 entró en funcionamiento a las 6:15 de la tarde ante la mirada asombrada de nuestros antepasados
Hace 134 años, se encendió POR PRIMERA VEZ LA LUZ de la ciudad de San José y así llegó a ser la tercera ciudad del mundo y la primera de latinoamérica. Fue precisamente en la edificación donde se instaló la primer planta con una rueda Pelton de 75 caballos de fuerza, un dinamo de 50 kilowatts para suministrar energía a 25 lámparas de arco abiertos ubicados hasta el centro de San José.
Fotografía de una de las regatas que se realizaban en el estero de Puntarenas. Al fondo se observa la Casa Fait. La premiación se realizaba en el Parque Victoria. (Juan Calderón, Suplemento Proa La Nación, 26-08-2007).
Durante el siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, las mujeres no pudieron ejercer su derecho a votar. Este derecho les fue negado por más de ciento cincuenta años.
Desfile por el sufragio Femenino, 1947 entre ellas las jóvenes, Sara Casal, Angela Acuña, Estela Quesada, Maria Teresa Obregón, Rosario Brenes de Facio ,Marta Pages Estrada de Uribe, Angela, Estela , y Maria Teresa, se convirtieron en 1953 En las primeras Diputadas de Costa Rica
Florencio del Castillo, representó a Costa Rica en las Cortes de Cádiz tras ser electo en las primeras elecciones de la historia costarricense.
Las primeras elecciones se hicieron en Costa Rica cuando aún era una provincia de España, al implementarse la Constitución de Cádiz que establecía la elección de representantes políticos por medio de un sistema de consulta de juntas parroquiales, de partido y provinciales. En estas elecciones fue electo diputado de Costa Rica ante las Cortes de Cádiz al presbítero Florencio del Castillo.
A partir de la independencia en 1821 las distintas constituciones establecerían requisitos diferentes para ser ciudadano pleno y emitir el voto.
La esclavitud fue abolida así que las personas negras e indígenas podían votar, pero las mujeres lo harían hasta 1949. El Pacto de Concordia, primera constitución del país, estableció una ciudadanía amplía que aplicaba a casi toda la población. Pero el Primer y Segundo Estatutos Políticos del país incluyeron condiciones laborales para poder votar. Mientras que la Constitución de la República Federal de Centro América establecía para votar como requisito ser mayor de 18 años y casado.
La Ley Fundamental del Estado de Costa Rica de 1825, aún dentro de la Federación, creó un sistema electoral de tres grados, donde el primer grado era universal, pero dejó las decisiones definitivas en las clases propietarias. En 1840 se aplica el voto censitario, es decir, sólo podían votar los costarricenses propietarios o que recibían una renta superior a 200 pesos anuales. En 1848 se añade otro requisito que es saber leer y escribir y la renta mínima se aumenta a 300.
Ricardo Jiménez Oreamuno realizó importantes reformas electorales incluyendo el voto directo y secreto y la creación de un órgano electoral especializado.
Así, de 1821 a 1840 existen Electores (que no son todos los ciudadanos, sino personas elegidas en votaciones abiertas que eligen al presidente y diputados), divididos en Electores de Parroquia, Electores de Partido y Electores de Provincia. A partir de 1840 se crea el Colegio Electoral y se reduce los Electores a de Barrio y de Departamento.
El voto directo se aplica por primera vez en 1844 de forma breve. Pronto sería restablecido del nuevo el voto indirecto con Colegio Electoral en 1847 con Electores Cantonales electos por cada distrito. La Constitución de 1848 limitaba el derecho a votar a los hombres mayores de 21 años, letrados y poseedores de una propiedad de al menos 300 pesos o una renta anual de al menos 150 pesos. La Constitución de 1859 aumenta la edad para votar a 25 años y reduce el precio de la propiedad a poseer a 200 pesos.
De 1859 a 1871 se crean Electores para las Asambleas Electorales que designan al Presidente, diputados y cargos municipales
Los requisitos para ser elector usualmente eran superiores a los requisitos del ciudadano o votante común o de primer grado. De 1859 a 1871 el requisito para votar era tener 20 años o 18 años si se era casado o profesor, mientras que la edad para ser elector oscilaba de constitución en constitución entre los 21 y los 25 años. Asimismo tenían requisitos laborales y económicos mayores, como tener rentas o propiedades específicas, así por ejemplo los electores barriales debían tener unos 200 pesos en propiedades y 1000 para los electores departamentales. Otros requisitos eran estar alfabetizado, ser residente del área que se iba a representar y estar casado o ser profesional.
A partir de la Constitución de 1871 se establece como únicos requisitos ser mayor de 20 años o 18 si se era profesor y el único requisito económico era poseer un ingreso acorde con su condición social.10 Este requisito era tremendamente ambiguo así que permitía votar a casi toda la población y por lo general la limitación al voto se daba sólo cuando se sospechaba que el votante era opositor. Debe apuntarse que en todos estos períodos históricos el voto era público. Los requisitos para ser elector de segundo grado eran más restrictivos; contar 21 años, letrados y poseer un ingreso anual de 150 pesos o al menos 500 pesos en propiedades. En 1895 se reformaría la Constitución para prohibir el uso de símbolos o llamamientos religiosos en las elecciones, lo que llevó a la extinción del partido Unión Católica.
Las primeras elecciones en que se implementaría el voto universal directo fueron las de 1913 y las primeras en que se implementó el voto secreto fueron las de 1928. La cantidad de votos mínima para ganar en primera ronda era de 50% y, de no obtenerse el mínimo, correspondía al Congreso hacer la elección de entre los candidatos.
José Figueres Ferrer caudillo político que se levantó en armas por la defensa del sufragio, las reformas que se implementaron gracias a este levantamiento incluyeron el voto femenino y de las minorías étnicas.
En 1925 bajo la presidencia de Ricardo Jiménez Oreamuno se crea el Consejo Nacional de Electores cuya labor era supervisar el proceso electoral y que dependía del Poder Ejecutivo y se extienden por el Registro Cívico las primeras “cédulas electorales”. Aun así, la dependencia del Jurado Electoral al Poder Ejecutivo se prestaba para manipulaciones políticas. Por ejemplo, durante el período del furibundo anticomunista León Cortés éste presionó al Jurado para que anulara mesas que habían sido ganadas por el Partido Comunista. Las tensiones entre gobierno y oposición por la pureza del sufragio y las acusaciones de fraude electoral no fueron paleadas por la promulgación del primer Código Electoral en 1946 bajo la presidencia de Teodoro Picado. También se crea en ese año el Tribunal Nacional Electoral que, sin embargo, no era independiente y el Congreso tenía la última palabra en la declaratoria definitiva de los ganadores.
La anulación que hizo el Congreso de los resultados de 1948 detonó la revolución del 48 liderada por José Figueres Ferrer usando la defensa del sufragio como uno de sus justificantes. Tras la guerra la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 promulga una nueva constitución aun vigente, que crea el Tribunal Supremo de Elecciones como poder independiente y otorga el sufragio femenino.
El 30 de julio de 1950 votan por primera vez en la historia las mujeres costarricenses; 348 mujeres de La Fortuna votaron en un plebiscito local.Pero la primera elección en que la totalidad de las mujeres pudieron votar y ser electas en Costa Rica fue para las elecciones presidenciales de 1953. A partir de 1955 y gracias a la Ley Curling se establece por primera ocasión en Costa Rica el derecho de los extranjeros a votar en el país, previa naturalización, lo que además permitió a un importante número de minorías étnicas como chinos y negros, votar por primera vez. En 1971 se reduce la edad para votar de 21 a 18 años. En 1998 se realiza una reforma, esta vez al Código Municipal, que crea los cargos de alcalde y vicealcaldes y los hace de elección popular, al igual que vuelve de elección popular a los síndicos y concejales de distrito (previamente solo los regidores eran de elección popular y éstos designaban al alcalde y los síndicos).
En 1996 una reforma al Código Electoral obliga a los partidos a tener al menos 40% de los puestos de la estructura partidaria y candidaturas en mujeres. Si bien algunos partidos como Acción Ciudadana implementaban por estatuto el 50%.
En 2009 se realizan varias reformas importantes al Código Electoral y Municipal Se unifican las elecciones municipales a medio período, pues previamente los regidores se elegían al mismo tiempo que diputados y presidente y los demás cargos municipales un año después, se eleva el porcentaje de representación femenina obligatoria de 40% como mínimo a 50% y se instaura el voto en el extranjero.
Características del voto
El voto costarricense es universal, lo que quiere decir que todo ciudadano costarricense mayor de 18 años o naturalizado (12 meses después de haber obtenido la carta respectiva) puede votar con el único requisito de presentar su cédula de identidad ante la Junta Receptora. La única situación en donde a un costarricense se le impediría ejercer el voto es si adquiere la mayoría de edad o la nacionalidad una vez que el padrón electoral está definido y no puede ser variado, lo cual sucede doce meses antes de las elecciones. Existe, sin embargo, la posibilidad de perder el derecho a votar por delitos muy específicos como traición a la patria, pero ya que nadie ha sido condenado por traición desde que existe la Constitución de 1949 nunca se ha aplicado y no existen registros de que alguien alguna vez haya perdido el derecho a votar por alguno de los pocos casos donde está estipulado así. La legislación si establece que es prohibido ingresar a la junta de votación bajo los efectos del alcohol o las drogas o armado.
Ciudadano emitiendo el voto.
El voto es además secreto. Está prohibido, por ejemplo, llevar teléfonos celulares, cámaras u objetos de grabación o fotografía a la urna de votación para así impedir el que se grabe la forma en que se vota. Si un voto se hace público se anula. Existe, no obstante, excepciones a esta norma particularmente cuando se trata de personas con discapacidad que son incapaces de ejercer el voto por razones físicas. Acá se da la posibilidad de que sea semipúblico o asistido; la persona puede ingresar acompañada a la urna, o bien totalmente público en cuyo caso indica a la mesa receptora por quien desea votar.
El voto es directo, es decir, todos los votos sufragados se cuentan para la elección directa de las autoridades políticas, sin mediación de votaciones de segundo grado o similares.
El voto en Costa Rica también es obligatorio, como lo establece el artículo 93 de la Constitución:
ARTÍCULO 93.- El sufragio es función cívica primordial y obligatoria y se ejerce ante las Juntas Electorales en votación directa y secreta, por los ciudadanos inscritos en el Registro Civil.
No obstante en la práctica no se sanciona su no emisión y de hecho el abstencionismo es relativamente alto, normalmente oscilando en el 30%.
El empadronamiento es automático, es decir, basta con ser ciudadano costarricense para quedar empadronado por defecto. En cuanto una persona recibe su cédula de identidad sea por alcanzar la mayoría de edad o un año después de la naturalización, el Registro Civil que depende del TSE inscribe a la persona en el padrón.
Aunque el empadronamiento es automático, a la persona se le designará su centro de votación según la dirección de residencia que dé a la hora de obtener la cédula. Por tanto, si cambia de residencia, sale del país o es condenada a prisión, deberá cambiar su domicilio electoral para poder votar.
Referencias:
Silva, Margarita (1990.). «El desarrollo jurídico institucional del sistema electoral en Costa Rica (1821-1871)». . Revista de Ciencia Sociales No. 48.
Molina Jiménez, Iván. «Elecciones y democracia en Costa Rica, 1885-1913».
Tribunal Supremo de Elecciones (2014). «Cuaderno de Trabajo Electoral».
Torres García, Isabel (Agosto, 2010). «Costa Rica: sistema electoral, participación y representación política de las mujeres». . UN-INSTRAW, República Dominicana.
«Reformas electorales, un debate permanente en Centroamérica». Fundación Konrad Adenauer. Año XLII, V Época. No. 5. Centroamérica, Enero-Abril 2012.